
¿Cómo heredar con múltiples testamentos en Colombia? Guía completa sobre sucesiones
Descubre cómo funciona la herencia cuando existen varios testamentos en Colombia, sus implicaciones en el sistema pensional y los pasos legales a seguir.

Descubre cómo funciona la herencia cuando existen varios testamentos en Colombia, sus implicaciones en el sistema pensional y los pasos legales a seguir.
La existencia de múltiples testamentos puede generar confusión y conflictos entre herederos, especialmente cuando se trata de bienes importantes como las pensiones. En Colombia, el manejo de herencias con varios testamentos está regulado por un marco jurídico específico que determina la validez y aplicación de cada documento. Este artículo explora detalladamente cómo se resuelven estas situaciones en el contexto del sistema pensional colombiano.
Cuando una persona fallece dejando más de un testamento, surgen numerosas dudas sobre cuál prevalece, cómo se distribuyen los bienes y qué sucede con derechos pensionales acumulados. Comprender estos procesos es fundamental para proteger tus derechos como heredero y evitar largos litigios familiares.
Antes de abordar la problemática de múltiples testamentos, es importante comprender los fundamentos del sistema sucesorio colombiano:
En Colombia, el derecho a testar está protegido constitucionalmente, pero con limitaciones importantes para proteger a la familia del causante. Esto significa que incluso con testamento, existen porciones de la herencia que deben respetarse para ciertos herederos forzosos.
Cuando una persona fallece dejando varios testamentos, se aplican reglas específicas para determinar cuál prevalece:
El testamento es esencialmente revocable hasta el fallecimiento del testador. Según el artículo 1057 del Código Civil colombiano, un testamento posterior revoca implícitamente al anterior, salvo que el testador manifieste expresamente lo contrario.
Por regla general, el último testamento válido otorgado es el que prevalece sobre los anteriores. Sin embargo, esto no significa que los testamentos previos queden completamente sin efecto, ya que:
Para que un testamento sea válido en Colombia debe cumplir con requisitos formales estrictos según su tipo:
Para testamentos abiertos o nuncupativos:
Para testamentos cerrados:
Si alguno de los múltiples testamentos no cumple con estos requisitos, podría ser declarado nulo, simplificando la determinación del testamento válido.
En el contexto del sistema pensional colombiano, la herencia de derechos pensionales tiene características particulares:
La pensión no se hereda como un bien común. En lugar de eso, existe la figura de la sustitución pensional, que beneficia a:
La Ley 100 de 1993 y sus modificaciones establecen un orden de prioridad para los beneficiarios de la sustitución pensional que opera independientemente de lo dispuesto en cualquier testamento.
Cuando no existen beneficiarios para la sustitución pensional, pero el fallecido realizó aportes al sistema sin alcanzar a pensionarse, estos recursos sí entran en la masa sucesoral y pueden ser distribuidos según lo establecido en el testamento válido o las reglas de la sucesión intestada.
La Corte Constitucional, mediante Sentencia T-020 de 2020, reafirmó que estos recursos constituyen un derecho patrimonial transmisible a los herederos cuando no hay beneficiarios de la pensión de sobrevivientes.
Cuando existen varios testamentos y surgen disputas sobre su validez o aplicación, se debe seguir un proceso legal específico:
La sucesión se abre con la muerte del causante. En este momento, cualquier interesado puede iniciar el proceso sucesorio ante un juez de familia o civil del último domicilio del fallecido.
Todos los posibles testamentos deben ser presentados ante el juez o notario que conoce de la sucesión. Según el Decreto 960 de 1970, los notarios tienen la obligación de informar sobre la existencia de testamentos bajo su custodia.
El juez evaluará la validez formal y material de cada testamento presentado, determinando:
Una vez analizados todos los testamentos, el juez determinará:
Con base en el testamento o testamentos válidos, se procederá a la liquidación de la herencia, respetando las legítimas y mejoras cuando corresponda.
Según estadísticas del Consejo Superior de la Judicatura, aproximadamente el 15% de los procesos sucesorios en Colombia involucran disputas relacionadas con múltiples testamentos, y estos procesos suelen extenderse por 2.5 años en promedio.
Cuando uno o varios de los testamentos fueron otorgados en el extranjero, se aplican las normas de derecho internacional privado. Según el artículo 1084 del Código Civil, estos testamentos deben cumplir con las formalidades del país donde fueron otorgados y posteriormente ser protocolizados en Colombia.
Si alguno de los múltiples testamentos contiene disposiciones que vulneran la legítima (porción reservada a herederos forzosos), estas disposiciones pueden ser impugnadas mediante la acción de reforma del testamento, incluso si se trata del último testamento otorgado.
La Corte Suprema de Justicia ha establecido en múltiples sentencias, como la STC-7819 de 2019, que las disposiciones testamentarias no pueden vulnerar los derechos de los legitimarios, independientemente de la voluntad del testador.
La Ley 1934 de 2018 introdujo la figura de la partición del patrimonio en vida, que puede coexistir con testamentos. En estos casos, los bienes ya adjudicados mediante partición en vida no forman parte de la masa sucesoral, aunque los testamentos posteriores hagan referencia a ellos.
Si te encuentras en una situación donde existen múltiples testamentos, considera estas recomendaciones:
Según datos de la Superintendencia de Notariado y Registro, solo el 25% de los colombianos fallece habiendo otorgado testamento, lo que hace que los casos de múltiples testamentos sean relativamente poco frecuentes pero altamente complejos.
Si se encuentra un testamento posterior durante el trámite sucesorio, debe presentarse inmediatamente ante el juez o notario que conoce del proceso. El procedimiento se ajustará para considerar este nuevo documento, pudiendo modificarse las adjudicaciones si aún no se ha registrado la partición.
Sí, un testamento puede revocar solo algunas disposiciones de testamentos anteriores, manteniendo vigentes las demás. El testador debe indicar expresamente qué disposiciones anteriores desea mantener o cuáles revocar.
Sí, los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes están determinados por la ley (Ley 100 de 1993 y sus modificaciones) y no por el testamento. El derecho a la sustitución pensional opera independientemente de las disposiciones testamentarias.
Los bienes no mencionados en el testamento posterior pero sí en uno anterior pueden regirse por las disposiciones del testamento previo, siempre que no exista una revocatoria total expresa y las disposiciones no sean contradictorias.
Sí, cualquier interesado puede impugnar un testamento alegando falsedad, ya sea material (documento alterado) o ideológica (no refleja la voluntad real del testador). Esta impugnación debe hacerse dentro del proceso sucesorio o mediante demanda separada.
La existencia de múltiples testamentos en Colombia plantea desafíos significativos para los herederos, especialmente cuando involucran derechos pensionales. El sistema jurídico colombiano ofrece mecanismos claros para resolver estas situaciones, priorizando generalmente el último testamento válido, pero respetando siempre los derechos de herederos forzosos y beneficiarios de sustitución pensional.
La clave para enfrentar estos casos es contar con asesoría legal especializada, conocer los derechos específicos relacionados con el sistema pensional y buscar, cuando sea posible, acuerdos que eviten litigios prolongados que desgasten emocional y económicamente a las familias.
Recuerda que cada caso es único y las circunstancias particulares pueden influir significativamente en el resultado del proceso sucesorio. La planificación patrimonial adecuada, incluyendo testamentos claros y actualizados, es la mejor manera de evitar conflictos futuros entre herederos.